Reformas en la Ley de Tráfico. Modificaciones para el 2021.

Recientemente el Gobierno de España ha presentado y aprobado una serie de reformas legales que afectarán a la circulación de vehículos, así como la regularización de vehículos de movilidad personal, los conocidos patinetes eléctricos.

El consejo de Ministro aprobó el anteproyecto de ley que incluye una serie de medidas para aumentar los comportamientos seguros al volante, entre estas medidas se encuentran:

  • Aumentar de 3 a 6 los puntos que retiran al conducir sujetando el móvil.
  • Aumentar de 3 a 4 los puntos que retiran por no usar el cinturón de seguridad, así como otros sistemas (casco, sillas infantiles). Se sancionará no solo él no usar estos sistemas, si no el mal uso también.
  • Cambiar la tipicidad a “infracción grave” a quienes lleven en su vehículo sistemas de detección de radar. Se sanciona tanto el uso como la posesión del mismo.
  • Se suprime la posibilidad de aumentar la velocidad en 20km/h para adelantamientos en carreteras convencionales.
  • Se podrán recuperar 2 puntos del carnet realizando cursos de conducción de la DGT.
  • Se establece como plazo de 2 años para poder recuperar la totalidad de puntos si no se cometen infracciones.

El objetivo planteado por el Gobierno con esta serie de medidas es para reducir la siniestralidad en las zonas urbanas.

A continuación, os dejamos un resumen de estas reformas:

  • Movilidad Urbana.

Se reducen los límites de velocidad en vías urbanas.

Aquellas vías de única calzada y acera, el limite será de 20km/h.

Vías de un único carril por sentido, límite de 30km/h.

Vías de 2 o más carriles por sentido, límite de 50km/h.

  • Movilidad Personal

En este apartado, la reforma pretende regular los conocidos como patinetes eléctricos, vehículos de propulsión eléctrica que tienen una velocidad entre 6 y 25 km/h.

La regulación establecerá que tendrán prohibido su circulación por aceras y zonas peatonales, obligando para ello tener que bajarse del vehículo.

Otro de los aspectos importantes en esta reforma, deberá ser obligatorio disponer de un certificado de circulación que acredite las especificaciones técnicas del patinete eléctrico.

La obligación de disponer de este certificado, será aplicable a los 24 meses de la publicación del manual de características de vehículos de movilidad personal en el BOE.

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  • Permiso de Conducción de camión y autobuses.

Se reduce la edad mínima para conducir camiones a 18 años, pero deberá aprobarse el certificado de aptitud profesional (CAP).

Misma reducción para la conducción de autocares; la conducción de estos será sin pasajeros.

Ampliación del peso de furgonetas que pueden circular en territorio nacional con permiso B para transporte de mercancías.

Entrada en vigor.

Estas modificaciones, reformas o medidas entraran en vigor el 2 de Enero de 2021, debiendo matizar, la modificación respecto a la velocidad en zona urbana entrará en vigor a los 6 meses de la publicación en el BOE, de modo que permita conocer la norma y sea adaptada por las administraciones públicas locales.