Pasaporte Covid-19: qué es y cómo se aplica
Nuestros abogados han recibido multitud de preguntas de empresas y ciudadanos que pueden verse afectados por el Pasaporte Covid. Desde nuestro despacho de Teruel, hemos seguido atentamente la evolución de este complejo asunto. El pasado 23 de noviembre, al igual que se había realizado en otras comunidades autónomas, el Gobierno de Aragón aprobó, a través de la ORDEN SAN/1561/2021, que los titulares o responsables de determinados establecimientos, actividades, espectáculos o eventos, deben requerir a las personas que quieran acceder o participar en los mismos la acreditación de que cumplen alguna de las siguientes circunstancias:
1) Haber recibido la pauta completa de vacunación COVID-19, habiendo transcurrido, por lo menos, 14 días desde la última dosis de ella.
2) Haberse recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y encontrarse en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive, después de prueba diagnóstica positiva.
3) Disponer de una prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).
¿Cuándo me pueden exigir el pasaporte Covid?
- a) En los establecimientos de ocio nocturno (salas de festas, discotecas, pub, salas de
baile y salas de conciertos y asimilados).
- b) En las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles, que puedan tener lugar en establecimientos de hostelería y restauración.
- c) En los eventos de cualquier naturaleza que reúnan a más de quinientos asistentes en lugar cerrado o mil asistentes en espacio abierto.
¿Quién me puede exigir presentar el pasaporte Covid?
Los titulares o responsables de establecimientos, actividades o espectáculos o eventos en el momento de acceso al establecimiento o recinto, no en otro momento. Además, la norma establece que no se conservarán estos datos ni se crearán ficheros con ellos.
¿Quién está obligado a presentar el pasaporte Covid?
Todos los mayores de 12 años.
¿Desde cuándo se aplica el pasaporte Covid?
En Aragón el pasaporte Covid entró en vigor el jueves 25 de noviembre.
¿Hasta cuándo estará en vigor esta medida?
En principio, salvo que sea derogada o modificada la norma, hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
¿Cómo puedo obtener el pasaporte Covid?
A través de la página web del SALUD con el número de tarjeta sanitaria y PIN, con Certificado, DNIe o Cl@ve o bien, con PIN salud.
¿Qué han dicho los Tribunales sobre el pasaporte Covid?
En Aragón, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha evitado pronunciarse sobre el fondo del asunto hasta el momento. Ante la solicitud de autorización para instaurar el pasaporte Covid formulada por el Gobierno de Aragón ante el TSJ de Aragón, éste al considerar que el apartado octavo del artículo 10 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa que establece la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superior de Justicia para autorizar o ratificar las medidas sanitarias puede ser inconstitucional ha planteado cuestión de inconstitucionalidad sin entrar sobre el fondo y permitiendo que el Gobierno de Aragón aprueba la medida, como ha hecho. Sin embargo, sí se pronunció en contra de las medidas cautelarísimas que había solicitado la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza contra el pasaporte Covid por considerar que no había una urgencia suficiente.
En cuanto al resto de Tribunales que han tenido ocasión de pronunciarse sobre medidas similares aprobadas por las comunidades autónomas, no todas las comunidades autónomas han aprobado el pasaporte, las resoluciones son dispares. Por ejemplo, el TSJ del País Vasco denegó la autorización. Sin embargo, el TSJ de la Comunidad Valenciana autorizó recientemente el pasaporte en esa comunidad.
Por su parte, el Tribunal Supremo ha estimado el recurso del Gobierno de Vasco contra el auto del TJ del País Vasco que denegaba la autorización y, por lo tanto, ha autorizado la exigencia del pasaporte COVID en restaurantes y establecimientos de ocio acordada por el Gobierno Vasco.
Esto pone de manifiesto la deficiente regulación sobre la pandemia que hay en España que deja finalmente la decisión sobre las medidas a adoptar en manos de los jueces que resuelven de diferente manera en cada comunidad autónoma, lo que provoca desconocimiento e inseguridad en los ciudadanos.