¿Cuándo prescribe una deuda? Plazos legales según el tipo de acreedor
La prescripción de deudas es una de las consultas más frecuentes entre particulares y autónomos. Muchas personas desconocen que, pasado un determinado plazo, una deuda ya no puede reclamarse judicialmente. Sin embargo, cada tipo de deuda tiene un tiempo distinto para prescribir, y es fundamental conocerlos para actuar con seguridad.
En este artículo de Gómez & Gómez Abogados y Economistas (Teruel) explicamos, de forma sencilla y actualizada, los plazos de prescripción más comunes en España.
¿Qué significa que una deuda prescribe?
La prescripción implica que, transcurrido un periodo fijado por la ley sin que el acreedor haya reclamado la deuda de forma válida y fehaciente, ya no puede exigir su pago por vía judicial.
Esto no significa que la deuda “desaparezca”, pero sí que deja de ser exigible legalmente.
Es importante tener en cuenta que:
Plazos de prescripción de las deudas más frecuentes
A continuación, detallamos los plazos de prescripción según el tipo de deuda, con referencia a los supuestos que más afectan a consumidores, inquilinos, autónomos y particulares.
1. Deudas con Hacienda
Prescripción: 4 años
Afecta a:
El plazo puede interrumpirse si Hacienda envía notificaciones o inicia un procedimiento de comprobación o recaudación.
2. Deudas con bancos (préstamos y créditos)
Préstamos personales, créditos bancarios o impagos ordinarios
Prescripción: 5 años
Deuda hipotecaria
Prescripción de la acción hipotecaria: 20 años
El banco dispone de ese tiempo para ejecutar la hipoteca si existe impago de cuotas.
3. Deudas por alquiler
Prescripción: 5 años
Incluye:
El arrendador puede reclamar dentro de ese periodo.
4. Tarjetas de crédito y tarjetas revolving
Prescripción: 5 años
Este tipo de deuda es especialmente compleja por los intereses elevados.
En muchos casos, los tribunales han declarado abusivos ciertos intereses revolving, por lo que conviene revisar judicialmente estos contratos.
5. Facturas y suministros (luz, agua, gas, teléfono)
Prescripción: 5 años
Las compañías pueden reclamar el importe dentro de ese plazo, siempre que exista constancia escrita de la deuda o reclamación.
6. Deudas entre particulares
Prescripción: 5 años
Incluye préstamos privados, pagarés sin aval bancario o acuerdos verbales siempre que exista prueba de la deuda.
¿Cómo saber si tu deuda está prescrita?
Para comprobar si una deuda ha prescrito, conviene analizar:
Un simple recordatorio telefónico no interrumpe el plazo; una notificación certificada sí.
¿Qué hacer si te reclaman una deuda que podría estar prescrita?
Antes de pagar, lo recomendable es:
Asesoramiento en deudas y reclamaciones en Teruel
En Gómez & Gómez Abogados y Economistas, despacho especializado en derecho civil, bancario y consumo en Teruel y provincia, te ayudamos a:
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