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¿Cuándo prescribe una deuda? Plazos legales según el tipo de acreedor

La prescripción de deudas es una de las consultas más frecuentes entre particulares y autónomos. Muchas personas desconocen que, pasado un determinado plazo, una deuda ya no puede reclamarse judicialmente. Sin embargo, cada tipo de deuda tiene un tiempo distinto para prescribir, y es fundamental conocerlos para actuar con seguridad.

En este artículo de Gómez & Gómez Abogados y Economistas (Teruel) explicamos, de forma sencilla y actualizada, los plazos de prescripción más comunes en España.

 


¿Qué significa que una deuda prescribe?

La prescripción implica que, transcurrido un periodo fijado por la ley sin que el acreedor haya reclamado la deuda de forma válida y fehaciente, ya no puede exigir su pago por vía judicial.

Esto no significa que la deuda “desaparezca”, pero sí que deja de ser exigible legalmente.

Es importante tener en cuenta que:

  • Cualquier reclamación formal (burofax, demanda, carta con acuse de recibo…) puede interrumpir la prescripción, reiniciando el plazo.
     
  • Las llamadas telefónicas o mensajes sin constancia documental no interrumpen la prescripción.
     

 


Plazos de prescripción de las deudas más frecuentes

A continuación, detallamos los plazos de prescripción según el tipo de deuda, con referencia a los supuestos que más afectan a consumidores, inquilinos, autónomos y particulares.

 


1. Deudas con Hacienda

Prescripción: 4 años
Afecta a:

  • Impagos de impuestos
     
  • Sanciones tributarias
     
  • Devoluciones indebidas
     
  • Derechos de la Administración para liquidar o exigir el tributo
     

El plazo puede interrumpirse si Hacienda envía notificaciones o inicia un procedimiento de comprobación o recaudación.

 


2. Deudas con bancos (préstamos y créditos)

Préstamos personales, créditos bancarios o impagos ordinarios

Prescripción: 5 años

Deuda hipotecaria

Prescripción de la acción hipotecaria: 20 años

El banco dispone de ese tiempo para ejecutar la hipoteca si existe impago de cuotas.

 


3. Deudas por alquiler

Prescripción: 5 años

Incluye:

  • Rentas impagadas
     
  • Reparaciones asumidas por contrato
     
  • Suministros vinculados al arrendamiento
     
  • Cualquier obligación económica derivada del alquiler
     

El arrendador puede reclamar dentro de ese periodo.

 


4. Tarjetas de crédito y tarjetas revolving

Prescripción: 5 años

Este tipo de deuda es especialmente compleja por los intereses elevados.
En muchos casos, los tribunales han declarado abusivos ciertos intereses revolving, por lo que conviene revisar judicialmente estos contratos.

 


5. Facturas y suministros (luz, agua, gas, teléfono)

Prescripción: 5 años

Las compañías pueden reclamar el importe dentro de ese plazo, siempre que exista constancia escrita de la deuda o reclamación.

 


6. Deudas entre particulares

Prescripción: 5 años

Incluye préstamos privados, pagarés sin aval bancario o acuerdos verbales siempre que exista prueba de la deuda.

 


¿Cómo saber si tu deuda está prescrita?

Para comprobar si una deuda ha prescrito, conviene analizar:

  1. Fecha en que se generó la deuda.
     
  2. Notificaciones o reclamaciones formales recibidas.
     
  3. Si el acreedor ha iniciado acciones judiciales.
     
  4. Si ha existido interrupción de la prescripción.
     

Un simple recordatorio telefónico no interrumpe el plazo; una notificación certificada sí.

 


¿Qué hacer si te reclaman una deuda que podría estar prescrita?

Antes de pagar, lo recomendable es:

  • Revisar si el plazo de prescripción ha vencido.
     
  • Solicitar un análisis legal del caso.
     
  • Pedir copia de los documentos que prueban la deuda y su reclamación.
     
  • Enviar una respuesta formal alegando prescripción, si procede.
     

 


Asesoramiento en deudas y reclamaciones en Teruel

En Gómez & Gómez Abogados y Economistas, despacho especializado en derecho civil, bancario y consumo en Teruel y provincia, te ayudamos a:

  • Verificar si una deuda está prescrita.
     
  • Responder a reclamaciones de bancos, Hacienda o empresas.
     
  • Negociar acuerdos y defender tus derechos legales.
     

Ofrecemos un estudio personalizado para que sepas exactamente qué debes pagar y qué no es exigible.


 

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