Un tema muy común con las fiestas, puentes y periodos vacacionales es qué ocurre si un trabajador enferma justo antes o durante sus vacaciones. ¿Se pierden esos días? ¿Se pueden recuperar? ¿Quién paga durante la baja?
En este artículo de Gómez & Gómez Abogados y Economistas, despacho en Teruel, aclaramos qué dice la ley y cómo gestionar correctamente la situación.
1. Si te pones enfermo antes de tus vacaciones
Si el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal (baja médica) antes de que comiencen sus vacaciones, no las pierde.
Según el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores, el empleado tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones en una fecha distinta, una vez finalice la baja.
En estos casos, la empresa debe permitir reprogramar las vacaciones para otro momento, incluso aunque haya terminado el año natural, siempre que el trabajador las solicite dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se generaron.
Ejemplo práctico:
Si tenías vacaciones del 20 al 30 de diciembre, pero caes enfermo el día 18, podrás disfrutarlas más adelante, cuando tu médico te dé el alta.
2. Si enfermas durante tus vacaciones
La normativa también protege al trabajador si se pone enfermo mientras está disfrutando de sus vacaciones.
En ese caso, debes acudir a un centro médico y obtener el parte de baja por incapacidad temporal.
Desde el momento en que se emite ese parte:
Importante: no basta con avisar verbalmente; es necesario que exista un parte médico oficial emitido por el sistema de salud o mutua correspondiente.
3. Quién paga durante la baja médica
Durante la incapacidad temporal, el trabajador no cobra las vacaciones, sino la prestación económica por baja médica.
El importe depende del motivo de la baja y del convenio aplicable:
La empresa abona la nómina y luego la Seguridad Social o la mutua reembolsa el importe correspondiente.
4. Qué documentación necesitas
Para que todo se gestione correctamente, el trabajador debe:
La empresa debe registrar y conservar la documentación, ya que la baja médica suspende el cómputo de vacaciones.
5. Qué dice la jurisprudencia
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y los tribunales españoles han reiterado que el derecho al descanso anual no puede verse afectado por una enfermedad.
Por tanto, los días de baja no se descuentan de las vacaciones, ni antes ni durante su disfrute.
El objetivo es proteger la finalidad del descanso, entendiendo que estar enfermo no equivale a descansar.
6. En resumen
Asesoramiento laboral en Teruel
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