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Hoy profundizamos sobre las cláusulas suelo.  Es uno de los tipos de caso que más hemos llevado en nuestro despacho de abogados en Teruel este año. Se trata de la reclamación de los importes pagados por cláusulas suelo.

Las cláusulas suelo o el suelo hipotecario están estipuladas en un contrato de préstamo hipotecario. Se utiliza para establecer que el interés variable nunca pueda ser inferior a un determinado porcentaje. Es decir, limita que aunque el tipo de interés sea inferior, el consumidor no pueda beneficiarse de esa reducción en sus cuotas.
Aplicar este tipo de cláusulas era una práctica frecuente por todas las entidades bancarias hasta su prohibición en 2019.

Si firmaste una hipoteca antes, deberías revisar si tienes una incluida.

Si tu hipoteca tiene cláusulas suelo, puedes reclamar el importe íntegro. Existen sentencias judiciales de los últimos años que han declarado abusivas y nulas este tipo de cláusulas cuando no se han ofrecido con la suficiente transparencia por la entidad bancaria.
Así lo estipuló en 2013 el Tribunal Supremo, mientras que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó en 2016 que las entidades bancarias deberán devolver la totalidad de las cantidades pagadas de más por los consumidores desde la fecha de firm de la hipoteca.
Como en la mayoría de cuestiones legales, podemos llevar a cabo la reclamación por vía judicial y extrajudicial.

Es preferible comenzar con la vía extrajudicial, establecida en el Real Decreto – Ley 1/2017, de 20 de enero para medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. Este procedimiento consiste en la reclamación extrajudicial de la devolución del importe correspondiente a la entidad bancaria, que contará con un plazo de 3 meses para devolver el dinero.

Si la devolución no se hace efectiva en este plazo, llega el momento de contratar a un abogado para efectuar la reclamación en sede judicial. En muchos otros casos, un abogado puede no recomendarte la vía judicial, puesto que un proceso judicial siempre puede ser tedioso y algo costoso.

La jurisprudencia está a favor del consumidor. Por esto mismo, es muy probable que, si un abogado especialista en derecho bancario estudia tu caso, te recomiende esta vía.

En nuestro despacho de Teruel hemos llevado multitud de casos de cláusulas suelo, y siempre hemos logrado que nuestro cliente recupere el dinero. Multitud de sentencias avalan que el consumidor tiene la razón y el banco debe de devolver estas cuantías.
Si tienes dudas, puedes consultarnos y estudiaremos tu caso sin compromiso, recomendándote la opción que más te beneficie para que puedas recuperar tu dinero.

En ocasiones, mientras conducimos, se nos cruza un animal salvaje que, sin poder evitarlo, choca con nuestro coche produciendo daños en el mismo. Entonces nos surgen las siguientes preguntas ¿se puede reclamar? y ¿a quién debemos reclamar?. En nuestro despacho de abogados de Teruel llevamos a cabo muchos casos como este, pues la provincia de Teruel es una zona con muchos animales de este tipo.

En un primero momento, la responsabilidad de los daños ocasionados por el atropello en vía pública de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo, sin embargo “será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél” tal y como establece la Disposición adicional séptima de la Ley de Tráfico.

Estos daños producidos por animales salvajes, denominadas especies cinegéticas, son reclamables ante la administración de la comunidad autónoma, y ¿Cuáles son esas especies cinegéticas?

Son especies cinegéticas las que se encuentran dentro de la acción de la caza, existe una larga lista, en Aragón la podemos encontrar en la siguiente orden (actualizada cada año).

Los animales con los que suelen ocurrir estos atropellos son: corzo, gamo, jabalí, ciervo y zorro.

– Quienes pueden reclamar:

            · Personas físicas

            · Personas jurídicas

            · Compañías de seguros

– Qué requisitos se exigen:

– El principal requisito es que los daños sean producidos por la acción directa de la caza, es decir, que se hayan producido batidas en los días anteriores al accidente que hayan producido que los animales se desplacen de lugar.

            – Que los perjudicados mediante, dolo, culpa o negligencia no hayan contribuido a la producción del daño.

Este tipo de daños suelen ocurrir en zonas donde hay una gran cantidad de cotos o reservas de caza, por la consecuencia de las batidas de caza, estos animales se muevan e irrumpan en las carreteras, siendo imposible para los conductores esquivarlos. En muchas zonas de la provincia de Teruel sucede esto, por eso nuestros abogados cuentan con experiencia a la hora de tratar este tipo de trámites

Cuando sufrimos un accidente de estas características, es necesario aportar y justificar los daños mediante una documentación que, de no hacerlo, nuestra reclamación podría verse rechazada. Esta es:

+ Atestado de la Guardia Civil.

+ Permiso de circulación, ITV y características técnicas del vehículo.

+ Permiso de conducir del propietario y del conductor en el momento del accidente.

+ Informe pericial de los daños (generalmente es realizado por nuestra compañía de seguros).

+ Factura del taller y justificante de pago del mismo.

+ Fotografías de los daños en el vehículo.

+ Condiciones Generales y Particulares de nuestra póliza de seguro y el justificante de pago de la misma (siempre debe ser un justificante del año del accidente, actualizado).